Proyecto de cumplimiento de obligaciones tributarias: Repatriación de capitales, defensoría del contribuyente, impuesto al lujo, entre otros

  • 4 Marzo, 2024
  • Tributaria

El lunes 29 de enero de 2024, el Gobierno envió al Congreso el Proyecto de Ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributaria (“Proyecto”), el cual busca recaudar el 1,5% del PIB, combatiendo la evasión fiscal y modernizando las administraciones tributarias.

El Proyecto abarca modificaciones al Código Tributario, a la Ley sobre Impuesto a la Renta, a la Ley del IVA, entre otros. Además, incluye un régimen transitorio para regularizar capitales extranjeros.

Algunas de las modificaciones a la Ordenanza de Aduanas, a la Defensoría del Contribuyente, al “Impuesto al Lujo” y medidas transitorias introducidas por el Proyecto son las siguientes:

1. Régimen Transitorio para Regularizar Capitales Extranjeros.

  • Se establece un procedimiento para regularizar capitales mantenidos en el extranjero y no declarados en Chile. Los contribuyentes domiciliados, residentes o constituidos en Chile antes del 1 de enero de 2023 podrán acogerse a dicho procedimiento, pagando un impuesto sustitutivo del 12% lo cual dará cumplimiento a todas las obligaciones tributarias adeudadas, respecto de bienes y rentas que se encuentran en el extranjero, cuando habiendo estado afectos a impuestos en Chile no hubiesen sido oportunamente declarados y gravados en Chile.

2. Modificaciones al “Impuesto al lujo”.

  • Se amplía la lista de organismos públicos que deben proporcionar información al SII sobre ciertos bienes de los contribuyentes, tales como la Dirección General de Aeronáutica Civil, la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, y el Registro Civil.
  • Se establecen exenciones específicas para el caso de los yates a vela.
  • Se aclara que, ante la ausencia de normas específicas de valorización para vehículos motorizados, el SII aplicará el valor de mercado normal.
  • Se regula la responsabilidad solidaria de los copropietarios de un bien sujeto al impuesto y el giro podrá ser emitido a cualquiera de ellos.
  • El SII podrá, dentro de los plazos de prescripción, establecer que existen bienes afectos o diferencias de impuestos respecto de un bien, pudiendo modificar, eliminar o emitir un nuevo giro siempre que cuente con información fundada, dando cuenta de bienes afectos o diferencias respecto del valor normal de mercado del bien.

3. Medidas transitorias: Término anticipado a juicios tributarios, convenios de pagos Tesorería General de la República (“TGR) y prescripción.

  • Se permite al contribuyente solicitar el término anticipado de un juicio tributario en curso, excluyendo aquellos relacionados con delitos tributarios, siempre que se proceda al pago de los impuestos adeudados.
  • Además, durante el año 2024, se ofrecerá una última oportunidad para firmar convenios de pago preferentes con TGR, con un máximo de 48 cuotas y condonación de intereses y multas.
  • Finalmente, también se declarará, de manera excepcional, la incobrabilidad y prescripción de las deudas tributarias con más de 10 años de antigüedad debido a su escasa posibilidad de recuperación.

4. Modificaciones a la Ordenanza de Aduanas.

  • El Proyecto introduce un recurso de resguardo a nivel administrativo para proteger los derechos de las personas que interactúan con dicho organismo.
  • Se establece la notificación por correo electrónico como regla general.
  • Se amplía a tres años el plazo de prescripción para formular cargos sobre destinaciones aduaneras que resulten en mayores derechos, impuestos, tasas o gravámenes.
  • Se ajustan las normas procesales permitiendo que los procedimientos judiciales ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros regulados en el Código Tributario y aquellos procedimientos regulados en la Ordenanza de Aduanas queden homologados.
  • Se reformulan las multas por errores en destinaciones aduaneras de exportación y se aumenta el límite de multas de 5 a 10 UTM, entre otras medidas.

5. Modificaciones a la Defensoría del Contribuyente (“DEDECON”).

  • Se amplía su alcance para incluir a la TGR y al Servicio Nacional de Aduanas.
  • Se amplía su función de orientación y acompañamiento.
  • Podrá presentar reclamos por vulneración de derechos para resguardar a los contribuyentes.
  • Se mejoran las normas referidas a la audiencia de mediación.

 

Equipo de contacto
Regina Pirozzi V.
Ignacio Quinteros J.
Diego Portilla S.

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