Corporación de Fomento a la Producción publica bases para selección de entidades receptoras del aporte I+D para Proyectos de Hidrógeno Verde en Salar de Atacama

  • 16 Mayo, 2024
  • Energía
  • Regulatoria

Con fecha 16 de mayo de 2024, la Corporación de Fomento a la Producción (“Corfo”) publicó la Resolución exenta número 407, de 2024, que “Aprueba Bases para la selección de entidades receptoras del aporte I+D para Proyectos de Hidrógeno Verde, proveniente de la sección dos de la cláusula decimoquinta del Contrato para Proyecto en el Salar de Atacama, y sus anexos” (“Bases”).

Contexto de la Resolución:

La Resolución se enmarca en el Contrato para Proyecto en el Salar de Atacama suscrito entre Corfo y SQM Salar S.A., en virtud del cual esta última se obligó a realizar aportes anuales para investigación y desarrollo (“Aportes I+D”) como contraprestación por el arriendo de algunas de las pertenencias mineras de propiedad de Corfo, denominadas “OMA”.

Con motivo de la ampliación de las actividades susceptibles de ser financiadas con los Aportes I+D. en 2020, Corfo tomó la decisión de regular un procedimiento concursal para la selección de las entidades receptoras de dichos aportes, dictando así las Bases en comento.

Quién puede postular:

1. Entidad Receptora (obligatorio): Personas jurídicas, constituidas en Chile, públicas o privadas, con o sin fines de lucro, y que tengan inicio de actividades en un giro empresarial de primera categoría.

2. Solicitante transitorio extranjero (eventual): Personas jurídicas extranjeras, constituidas de acuerdo con las normas aplicables en el país de donde provienen, y que desarrollen actividades similares a aquellas gravadas con el impuesto de primera categoría.

a. De ser seleccionada, la adjudicataria deberá constituir o adquirir en Chile, en el plazo que Corfo establezca al momento de la selección, una sociedad anónima, por acciones o de responsabilidad limitada en la cual posea, al menos, la mitad más una de las acciones en que se divide el capital, o que su participación en aquella represente más del 50% de los derechos sociales, según corresponda.

3. Asociados (opcional): Participantes que contribuyen a la ejecución del proyecto, a través de su aporte “pecuniario” y/o “valorizado”, según se establezca en cada resolución de focalización. Podrán participar como asociados una o más personas jurídicas constituidas en Chile o en el extranjero, públicas o privadas, con o sin fines de lucro. En su postulación deberán adjuntar una “carta de compromiso de participación y cofinanciamiento”.

4. Coejecutores (opcional): Participantes que poseen capacidades complementarias para la ejecución de parte de las actividades contempladas en el proyecto. Podrá ser coejecutora toda persona jurídica, constituida en Chile, pública o privada, con o sin fines de lucro, y que tenga inicio de actividades en un giro empresarial de primera categoría.

Consideraciones relevantes:

  • Corfo determinará la o las “focalizaciones” por cada convocatoria mediante un acto administrativo. Las focalizaciones corresponden a la o las temáticas que deberán abordar las postulaciones, enmarcadas en alguno de los siguientes propósitos: investigación, desarrollo productivo, desarrollo de capacidades, transferencia de tecnología, innovación, u otros procesos habilitantes para hidrógeno verde y sus derivados.
  • En cada resolución, Corfo determinará el plazo máximo de ejecución de los proyectos, y la o las etapas que deberán considerar en su formulación, así como los plazos máximos por etapas y para sus eventuales prórrogas.
  • Las postulaciones pueden realizarse en el medio de concursos específicos, o bajo un régimen de postulación permanente.
  • La Entidad Receptora y, en su caso, los Coejecutores, serán dueños de los equipos y bienes adquiridos con recursos del Aporte I+D. Los resultados apropiables derivados de la ejecución del proyecto, así como toda la información, inventos, innovaciones tecnológicas, procedimientos, planos y demás documentos, pertenecerán a la Entidad Receptora, los Coejecutores y/o a los otros participantes conforme a lo que éstos hayan estipulado.
  • Se contemplan causales de término anticipado del acuerdo.

Esperamos que el presente informativo sea de utilidad, y en caso de dudas los invitamos a contactar a nuestro equipo.

Equipo de contacto
Juan Carlos Valdivieso T.
Carolina Stalder G-H.
Catalina Troncoso M.
Consuelo León M.

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