Publicación de nueva ley interpretativa que fija el criterio para la reducción de jornada establecida en la Ley de 40 horas

  • 25 Agosto, 2025
  • Laboral

Durante el mes de julio de 2025 se publicó la Ley N° 21.755 la cual modifica varios cuerpos legales que se indican en materia de simplificación regulatoria y promoción de la actividad económica. Sin embargo, una de las modificaciones introducidas por esta ley en su artículo 24 establece una interpretación de la expresión “en forma proporcional” contenida en las normas transitorias de la Ley Nº 21.561, conocida como Ley de 40 horas.

Cuando comenzó la vigencia de la Ley de 40 horas y se debía aplicar la rebaja de la jornada semanal a 44 horas hubo mucha discusión, dictámenes contradictorios, además de reciente jurisprudencia en relación a la expresión “en forma proporcional” generando dudas de si era efectivo que la rebaja debía ser en horas diarias o si podía ser en minutos.

Sin embargo, lo anterior quedó zanjado tras la inclusión del artículo 24 de la Ley N°21.755 la cual declara expresamente que debe entenderse por la expresión “en forma proporcional” del artículo tercero transitorio de la Ley N° 21.561. Así dicha norma señala claramente que: “debe entenderse en el sentido que las cinco horas de rebaja necesarias para alcanzar la jornada de cuarenta horas deben distribuirse proporcionalmente en cada día de la jornada semanal de cinco o seis días establecida en el contrato de trabajo. Para cumplir con la proporcionalidad requerida, se reducirán en una hora o cincuenta minutos de la jornada diaria, según corresponda, respecto del día que determine el empleador, y se respetará para ello la oportunidad establecida en el artículo primero transitorio de la referida ley”.

Por consiguiente, tras la publicación de la Ley N°21.755, cuando no exista acuerdo entre las empresas y trabajadores o sus sindicatos en aquellas jornadas que originalmente eran de 45 horas semanales, las 5 horas de reducción necesarias para alcanzar las 40 horas semanales (a abril de 2028) deben distribuirse de la siguiente forma:

  • Si se trabaja 5 días: Reducir 1 hora en un día.
  • Si se trabaja 6 días: Reducir 50 minutos en un día.
Equipo de contacto
Cristian Cornejo M.

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