CMF publica norma de carácter general para la prestación de servicios Fintech por parte de ciertas entidades fiscalizadas no inscritas en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros
El 9 de febrero de 2026 la Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”) publicó la Norma de Carácter General N° 559 (“NCG 559”), que incorpora un nuevo Capítulo X a la Norma de Carácter General N° 502, estableciendo, entre otras materias, que aquellas entidades que conforme al artículo 5 de la Ley N°21.521 (Ley Fintech) pueden prestar los servicios Fintech que en cada caso se indican en el referido artículo sin necesidad de inscribirse en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros, deban informar sobre dicha circunstancia a la CMF de forma previa al inicio de la prestación de tales servicios.
La NCG 559 comenzó a regir el mismo día de su publicación. Respecto de aquellas entidades sujetas a la NCG 599 que a la fecha de su publicación ya se encontraban prestando servicios Fintech, deberán cumplir con esta obligación de informar a más tardar el 30 de abril de 2026.
El texto completo de la NCG 559 se encuentra disponible en el siguiente link https://www.cmfchile.cl/normativa/ncg_559_2026.pdf